La nueva Ley de turismo aún no está en vigor pero ya está lista para salir a la luz.
Se denominará la:
LEY DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL TURISMO DE EXTREMADURA,
y sustituirá a la hasta ahora LEY DE TURISMO DE EXTREMADURA 2/97 del 20 de Marzo.
Las principales variaciones de la nueva Ley con respecto a la anterior son:
o Pasan de ser 88 artículos a 132 artículos.
o Se atribuyen nuevas competencias a los Ayuntamientos.
o Se regulan los Municipios singulares.
o Se fortalece la modernización y profesionalización del sector turístico.
o Se introduce la figura de “Acontecimiento con relevancia turística” para fiestas de interés turístico que presenten un atractivo especial en el conjunto de fiestas de la región.
o Se crea la “Red de Oficinas de Turismo de Extremadura” como sistema integrado y coordinado de información y atención a las personas usuarias.
o Se prevé la creación de los “Centros Multidisciplinares de Recepción de visitantes”.
o Se suprime la obligación de los empresarios de sellar ante la Administración turística la lista de precios.
o Se introduce la figura de “ventanilla única” para obtener información, y realizar trámites relacionados con la actividad turística.
o Se incorpora como figura autónoma independiente la figura de alojamientos turísticos rurales, que queda conformada por los hoteles rurales, casas rurales, apartamentos rurales y la nueva figura los chozos rurales.
o Dentro de los alojamientos turísticos hoteleros se contempla la regulación del hotel balneario.
o Se contempla la posibilidad de realizar acampada libre.
o Se clasifican por primera vez los hoteles rurales.
o Se regulan de manera exhaustiva los distintos tipos de Actas que servirán de soporte a la labor inspectora.
o Se podrá pagar por anticipado las multas por infracciones, con una reducción del 40%.
o Las multas por las infracciones cambian levemente sus importes.
Podemos ver el borrador en el siguiente enlace:
No hay comentarios:
Publicar un comentario